La Sala Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación de la Unión General de Trabajadores (UGT), en el caso de la cooperativa de viviendas PSV, y ha eximido al sindicato de responsabilidad civil subsidiaria de las indemnizaciones a los perjudicados, en contra de lo establecido por una sentencia anterior de la Audiencia Nacional.
La práctica totalidad de los 14.000 cooperativistas de PSV renunciaron en su día a efectuar reclamaciones a la promotora o a la gestora IGS, a cambio del 75% de las cantidades adeudadas. Ahora, 10 años después del escándalo, el Supremo ha declarado que esos actos extintivos deben repercutir "en los mismos términos y con el mismo alcance" en UGT, por lo que no cabe reclamar al sindicato.
El País, 15/10/03

